¿QUÉ OCURRE SI NO ATIENDO A LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA?

Lo primero de todo, de conformidad con la Ley General Tributaria, constituirá infracción tributaria la resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria.

Se considera resistencia, la incomparecencia, las coacciones a funcionarios públicos (que puede llegar a ser delito), y el desatender los requerimientos.

Agencia Tributaria

¿Qué sanciones pueden aplicarme?

Algo como no atender en plazo un requerimiento emitido por la Administración Tributaria, siempre que se nos haya notificado correctamente puede conllevar una multa de 150€ en un primer incumplimiento, de 300€ en un segundo o de 600€ si no se atiende el requerimiento por tercera vez.

 Como sanciones mas graves, podemos hablar de la falta de aportación de documentación o la falta de comparecencia que puede comportar sanciones que van desde los 1.000€ a los 600.000€..

Es muy importante tener un buen asesor fiscal, para que nos pueda guiar en el cumplimiento de las responsabilidades fiscales de la mejor forma.

¿qué hago si me llega una notificación?

las notificaciones se envían por correo certificado o a través del buzón electrónico, en ambos  casos hay que firmar el acuse de recibo por su recepción. Desde la fecha de firma empieza a contar el plazo que tienes para atender el requerimiento.

  1. lee bien la notificación para asegurarte de que se trata
  2. apunta la fecha de recepción para poder llevar cuenta del tiempo que te queda para responder
  3. Contacta con un asesor fiscal/abogado que te pueda ayudar.
  4. Presentar la documentación que te piden o presentar alegaciones.

Este tema es muy extenso, por eso te recomendamos ponerte en contacto con uno de nuestros profesionales para que te resuelvan las dudas.

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